Para esto, en uno de sus artículos, se resuelve también continuar con el trabajo virtual o teletrabajo en el ámbito del Rectorado y las Unidades Académicas, para asegurar el cumplimiento de la educación no presencial y de los servicios esenciales.
La normativa delega a las autoridades directivas y ejecutivas de todas las dependencias sanitarias o de los establecimientos que brindan servicios de este tipo en la Casa de Estudios la facultad de determinar los servicios de salud esenciales en el marco de la emergencia sanitaria actual. También podrán requerir la asistencia obligatoria del personal afectado a cumplir con dicho fin.
Por lo tanto, la resolución excluye de la dispensa de asistencia al lugar de trabajo a todo el personal que de cualquier manera preste servicios asistenciales de salud, tareas administrativas, de apoyo y mantenimiento para las distintas áreas, departamentos, unidades, relaciones directa o indirectamente con el servicio público de salud de la UNCUYO, y que estén declarados esenciales y afectados a la emergencia sanitaria.
Entre otras medidas, considera además como esenciales a los medios de comunicación de la Universidad, habilitando a las autoridades del Centro de Información y Comunicación de la Universidad Nacional de Cuyo (CICUNC) a diseñar un esquema de trabajo que permita garantizar el servicio informativo.
Por último, insta a los decanos de las Unidades Académicas, como a los Directores de los Institutos y Dependencias de la UNCUYO, a tomar las medidas pertinentes en los ámbitos de su competencia. Además sugiere a la Junta Electoral General de la Universidad que recomiende al Consejo Superior las adecuaciones de los plazos y procedimientos de las elecciones que se desarrollarían este año, si fueran afectadas por la emergencia actual.